Si iniciaste tu actividad como autónomo a partir del 1 de enero de 2023 es posible que estés disfrutando de la cuota reducida de 80 euros mensuales, comúnmente denominada como "tarifa plana".
Recuerda que puedes puedes solicitar su prórroga a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. Podrás hacerlo cuando preveas que tus rendimientos van a ser inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.
Si cumples los requisitos debes solicitar la prórroga antes de que venza el primer año de tarifa plana (24 meses si tienes reconocida una discapacidad igual o superior al 33% o la condición de víctima de violencia de género o víctima de terrorismo). La prórroga del beneficio se aplicará desde el día siguiente a la finalización de los 12 primeros meses o, en su caso, 24 meses.
Con carácter general, podrás solicitar su prórroga para su aplicación durante 12 meses más. En el caso de que tengas reconocida una discapacidad igual o superior al 33% o la condición de víctima de violencia de género o víctima de terrorismo, podrás solicitar su prórroga 36 meses más.
Para la realización del trámite, debes acceder al apartado correspondiente dentro la sede electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social, e identificarte con tu firma digital.
Debes tener en cuenta que durante el periodo comprendido entre los años 2023 y 2025 la cuantía de la cuota reducida será de 80 euros mensuales, según establece la disposición transitoria 5 del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio.
Y, por último, recuerda que si tu situación cambia y finalmente tus rendimientos superan el SMI, podrás solicitar la renuncia a la tarifa plana desde la misma sección de la sede electrónica de la Seguridad Social.